GETAFE/Sociedad (22/03/2021) – Mientras el ‘Resistiré’ del Dúo Dinámico sonaba cada tarde en los balcones españoles, había un concepto psicológico que con un trasfondo similar al de la canción poco a poco iba calando en la sociedad. Es el caso de la palabra ‘resiliencia’, una de las más repetidas por líderes políticos, economistas, psicólogos y demás celebridades desde que comenzara la pandemia. Este término, tal y como se explica en la Real Academia Española (RAE), alude a la “capacidad de adaptación de un ser vivo frente a un agente perturbador o un estado o situación adversos”.
“Alemania necesita resiliencia y disciplina para vencer a la pandemia del coronavirus”, decía la canciller Angela Merkel hace unos meses. Una idea que fue compartida tanto por Emmanuel Macron, que denominó como ‘Operación Resiliencia’ la estrategia gala contra la Covid-19, como por Pedro Sánchez, que añadió este término al ‘Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia’ que presentó a finales del mes de agosto.
Como si de un talismán se tratara, todos se hicieron eco del significado de esta idea psicológica y trataron de incluirla en su discurso. La premisa es clara: superar la adversidad tras haber lidiado con ella y salir hacia adelante. Es más, Rafaela Santos, la presidenta del Instituto Nacional de Resiliencia afirmaba hace unos meses en un reportaje para El Periódico que “la resiliencia es mucho más que superar un golpe vital, es convertir ese golpe en una oportunidad para mejorar”.
Es precisamente al hablar de nuevas oportunidades que permitan dejar atrás el trago amargo experimentado en estos últimos meses, donde puede establecerse el símil entre el concepto de resiliencia y la Ley de Segunda Oportunidad. Pero, ¿qué tienen en común para que se pueda establecer una comparación entre un concepto psicológico y una ley?
Promulgada en 2015, la Ley 25/2015 de 28 de julio llegó al entramado jurídico nacional en un momento de recuperación económica de la crisis de 2008 y su objetivo no era otro que “permitir lo que tan expresivamente describe su denominación” y esto es que “una persona física, a pesar de un fracaso económico empresarial o personal tenga la posibilidad de encarrilar nuevamente su vida e incluso de arriesgarse a nuevas iniciativas sin tener que arrastrar indefinidamente una losa de deuda que nunca podrá satisfacer”.
Es decir, la Ley de Segunda Oportunidad permite a aquellos autónomos, empresarios, particulares, etc. que se encuentren en una situación grave de insolvencia la posibilidad de lograr el perdón de dichas deudas, siempre y cuando se reúnan una serie de requisitos, y poder reiniciar su vida a nivel económico.
Una de las premisas fundamentales para poder acceder a los privilegios de esta ley es demostrar la “buena fe” del deudor. Para ello se revisarán sus antecedentes penales y que no haya sido condenado anteriormente por delitos socioeconómicos, patrimoniales o de falsedad documental en los diez años anteriores. Asimismo, deberá eludir la culpabilidad en el concurso y que se justifique que la insolvencia no se produjo mediando dolo o culpa grave.
El deudor debe saber también que la deuda no puede ser superior a los cinco millones de euros, que sólo puede acogerse a este procedimiento una vez en la última década y que debe existir tanto un intento de acuerdo extrajudicial de pagos con los acreedores.
Además aquellas personas que deseen acceder a este procedimiento deben saber que desde que se inicia la solicitud está prohibido que cualquier entidad de crédito o financiera siga adelante con las ejecuciones sobre el patrimonio del deudor. Al menos, hasta que se celebre el intento de acuerdo extrajudicial de pagos.
El espíritu resiliente ha empujado a muchas personas a superar con buena cara el mal tiempo. Estas personas también deben saber que también existen soluciones dentro de la ley y que no hay por qué apelar exclusivamente al factor psicológico. Las soluciones están ahí, sólo queda utilizarlas.