Se habla mucho en Getafe de Participación Ciudadana, estamos en un proceso de aportación de enmiendas a un borrador que mediante un proceso de hechos consumados ha tenido como único mérito subsanar errores del pasado, incluir materias de obligado cumplimiento legal y eliminar de un plumazo la capacidad representativa de la oposición, quienes, además, han accedido encantados ha dicha eliminación.
Nada nuevo nos ofrece este reglamento que dicen llevan meses trabajando en la Concejalía de Participación Ciudadana, salvo, claro está, cumplir, como prometió en una entrevista a este medio, el desarrollo de la Ley de Grandes Ciudades en este ámbito que nadie sabe porqué se dejó a un lado hace años, ignorando de nuevo el acuerdo de investidura donde se firmó su abandono. Todo muy lógico como siempre en la política local.
En el borrador del nuevo reglamento orgánico de participación ciudadana y descentralización se realiza una lógica asimilación entre los conceptos de barrio y distrito. Expresamente se menciona que “todo lo referido a los distritos en la legislación vigente en materia de participación ciudadana y descentralización, en Getafe deberá entenderse dicho para los barrios”.
Una cuestión a mi juicio muy acertada en su redacción: siempre los hemos denominado barrios y creo que así debe mantenerse, otra cuestión es si dentro de esta propuesta se engloba todo lo que la famosa ley de grandes ciudades entiende que debe ser un proceso de descentralización completo.
Según esa ley, donde todo el mundo sabe cómo entrar pero nadie cómo salir, cada Ayuntamiento deberá establecer el porcentaje mínimo de sus recursos que deberá gestionarse por los distritos, algo que yo soy incapaz de encontrar en el nuevo borrador de reglamento.
Sí algo creo que carece de toda discusión es la necesidad de consolidar un presupuesto, un dinero anual que aprobado por el Pleno obligue al Gobierno de turno a “creer” en la participación ciudadana y la descentralización, todo este proceso solo podrá tener un futuro si se cumple y desarrolla el artículo 128, punto 2 de la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local que pide al Pleno de la Corporación “una norma de carácter orgánico, el porcentaje mínimo de los recursos presupuestarios de la corporación que deberán gestionarse por los distritos, en su conjunto”.
La participación ciudadana no puede servir como coartada ideológica de una corriente política para reclamar el voto en las contiendas electorales, menos, una “gracia” otorgada por un edil “bondadoso”, es un derecho que deben tener todos los vecinos de nuestro municipio, y es evidente que sin presupuesto, sin dinero o sin el correspondiente marco normativo que determine dicho porcentaje para cualquier gobernante, su utilidad queda diluida.