La sentencia del Contencioso Administrativo desestimando el recurso del periódico por vulnerar principios fundamentales, ha sido recurrida
GETAFE CAPITAL no cuenta con publicidad institucional desde que el Gobierno de Juan Soler entrara en el Ayuntamiento en junio de 2011. Este hecho, visible públicamente tanto en la versión impresa como en la web, fue llevado a los tribunales por el periódico al entender que se vulneraba el principio de igualdad recogido en la Constitución en el artículo 14. El Ministerio Fiscal, por dos veces, respaldó la demanda de GETAFE CAPITAL, pidiéndole a la jueza que recogiera la demanda positivamente. «Si el Ayuntamiento de Getafe venía insertando publicidad institucional durante 2011 en el periódico del actor así como en otros medios y repentinamente durante 2012 y 2013 dejó de hacerlo en igual para continuar insertándola en esos últimos, el Ayuntamiento decimos, debería estar en condiciones de explicar porqué obró de tal manera, es decir, qué circunstancias había variado para que aquello que se venía válidamente dejara de serlo al momento siguiente», argumenta el fiscal.
La más que visible discriminación no ha sido entendida así por la jueza que desestimó el caso, afirmando que no se cumplen los criterios de comparación válidos para concluir que se ha producido una vulneración del principio de igualdad. De esta sentencia se dio cuenta en la junta de Gobierno del pasado 5 de noviembre.
La sentencia ha sido recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. La jurisprudencia atestigua que otras demandas de este tipo desestimadas en primera instancia, se han ganado en tribunales superiores.