Una pena de 15 años de prisión para cada uno como autores de un delito de homicidio consumado y otro en grado de tentativa. Esa es la sentencia que se ha conocido dictada por la Audiencia Provincial contra los tres policías municipales de Getafe que persiguieron durante 14 kilómetros a un vehículo hasta Madrid y después emprendieron un tiroteo. Además se fija una indemnización de 108.846 euros para la madre del fallecido, David Prieto Fandiñ, y 17.994 euros para el acompañante, Roberto García, que resulto herido de gravedad. El Ayuntamiento de Getafe es responsable civil subsidiario de esta indemnización.
Los hechos se remontan a noviembre de 2011, cuando un agente fuera de servicio dio la voz de alarma ante lo que creía un secuestro en el barrio de La Alhóndiga. La sentencia desmiente este extremo, asegurando que “no ha resultado probado que los ocupantes del vehículo Citroën hubieran introducido a una tercera persona en el interior ni que portaran instrumentos, armas u otros objetos peligrosos”.
Varias unidades de la Policía Local acudieron a la llamada y se inició la persecución del Citroën C-3 blanco (un coche que figuraba como robado) por la carretera de Toledo. El policía que había dado la voz de alarma inició el seguimiento y otros tres vehículos oficiales de la policía de Getafe le dieron alcance a la altura de la calle de Santa María de la Cabeza, en la capital y muy lejos ya del municipio getafense. El Citroën fue interceptado en la calle Canarias, en el distrito de Arganzuela, chocó con algunos vehículos estacionados y consiguió continuar la marcha por la calle Vara del Rey. Uno de los agentes gritó “arma” y se inició un tiroteo donde los tres acusados, Antonio Miguel G. M., Óscar Daniel C. U. e Ismael G.-M. G.-V. efectuaron hasta 15 disparos. David Prieto Fandiño falleció al día siguiente, mientras su acompañante, Roberto García, mantiene secuelas por los disparos recibidos.
Los jueces condenan a los tres agentes por el llamado dolo eventual, ya que los policías sabían que podían matar a los ocupantes del C-3, pese a lo que dispararon. Y tampoco existía un riesgo inminente contra ellos, ya que estaban en huída. En la sentencia también recoge las consecuencias que podía haber tenido el tiroteo. “El resultado podría haber sido mucho más grave, si se tiene en cuenta que los disparos se efectuaron en una calle en pleno casco urbano de Madrid y a una hora [concurrida], entre las 11.15 y las 11.30”, añade la sentencia.